La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional de protección de datos, confirmó la multa por $702.242.400 a la Central de Información Financiera (CIFIN), la cual incluyó información que no era de carácter financiero o crediticio en el historial de 288.753 colombianos.
La SIC reiteró que la CIFIN es un “operador de bancos de datos de información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países” por eso su actividad se rige por la Ley Estatutaria 1266 de 2008. Esta ley solo regula los datos personales sobre el nacimiento, ejecución y extinción de obligaciones dinerarias.
Por lo que, no toda información de naturaleza pública puede ser tratada por los operadores de bancos de datos de información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países.
Por su parte, La Corte Constitucional ha concluido que en la central de información CIFIN no se deben incluir datos relacionados con los derechos políticos de las personas, y desde el año 2015 ordenó retirar esa información de dicha base de datos.
Desde 2015, la Corte Constitucional dejó claro que “incluir información no relacionada con temas comerciales y financieros en su base de datos si es motivo de reproche constitucional, puesto que tal como se dijo en precedencia, constitucional, legal y jurisprudencialmente las bases de datos tienen la función específica de recaudar la información concerniente a las personas naturales y jurídicas dentro del ámbito de su competencia”.
Pese a lo anterior, en la base de datos CIFIN se continuó utilizando la anotación de “suspensión de derechos políticos”. Por lo que la SIC considera esto como una conducta grave y justifica tanto la multa como la orden impuesta mediante la resolución recurrida.
Además de la multa, CIFIN deberá suprimir de la historia de crédito de todos los titulares que aloja en el banco de datos de información financiera, crediticia y comercial la leyenda “suspensión por derechos”.
Finalmente, la CIFIN también deberá abstenerse de volver a incorporar en la historia de crédito de los titulares que aloja en el en el banco de datos de información financiera, crediticia y comercial la leyenda “suspensión por derechos”.